México
El pasajero deberá ser indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado yo alimentos y bebidas
El documento subraya que es obligación de los concesionarios presentar desde el primer momento el costo total del boleto, impuestos incluidos.
CIUDAD DE MÉXICO (18/ABR/2017).- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley de Aviación Civil para sancionar a las aerolíneas por incumplimientos o demoras de vuelos, así como compensar a los usuarios afectados.
Las reformas, aprobadas con 422 votos a favor, y enviadas al Senado para sus efectos constitucionales, establecen que en caso de retraso en la hora de salida del vuelo, el pasajero será indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
Si la cancelación del vuelo es responsabilidad del concesionario, éste deberá -a elección del pasajero- reintegrar el precio del boleto, ofrecer transporte sustituto en la primera salida disponible y proporcionar acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
Asimismo, deberá proporcionar alimentos, alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta, y transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.
Si la demora es mayor a cuatro horas, se pagará el ciento por ciento del boleto y 25 por ciento más.
El dictamen resalta que en caso de la denegación de embarque por expedición de boletos en exceso a la capacidad disponible, el concesionario o permisionario deberá solicitar voluntarios que renuncien al vuelo a cambio de beneficios que acuerde directamente con el pasajero.
En esa situación, tendrán prioridad para abordar las personas con alguna discapacidad, adultos mayores, los menores de edad no acompañados y las embarazadas.
También se indemnizará por la destrucción o avería del equipaje de mano, la cual será de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización; por la pérdida o avería del equipaje facturado, la indemnización será equivalente a 150 Unidades de Medida y Actualización.
Del mismo modo, precisa que el pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique en un lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto.
El documento subraya que es obligación de los concesionarios presentar desde el primer momento el costo total del boleto, impuestos incluidos.
Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo comercial, estarán obligados a entregar mensualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informes, bitácoras, estadísticas, reportes, índices de reclamaciones y todos los datos que permitan transparentar su funcionamiento.
Al fundamentar el dictamen por la Comisión de Transportes, su presidente, el diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, recordó que es la primera reforma que se hace en la Ley de Aviación Civil desde su creación en 1993, y en la cual se definen los derechos de los pasajeros.
Explicó que los cambios permiten que los pasajeros con discapacidad viajen solos y puedan transportar sus artículos, como sillas de ruedas, muletas y accesorios diversos sin tener un costo adicional. Los niños menores de dos años de edad podrán viajar gratis, sin costo por expedición del boleto o documentación de la carriola.
Entre otras medidas, refirió que se duplican los montos de indemnización por la pérdida o daño de las maletas, por lo que pagarán hasta 11 mil pesos, y se otorgan mayores beneficios a los pasajeros que cedan su lugar en caso de sobreventa.
Se obliga a las aerolíneas a dar de manera clara y exacta en los términos y condiciones del contrato con el que vuelan todos los pasajeros; y deberán informar por todos los medios a su alcance sobre las modificaciones a su itinerario con 24 horas anterioridad.
Durante los posicionamientos, la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, de Encuentro Social, destacó la importancia de establecer el derecho del usuario a conocer el precio total del boleto desde el inicio de la transacción, y la prohibición de cobros adicionales al servicio.
Al respecto, el diputado Jonadab Martínez, del Movimiento Ciudadano, dijo que muchas aerolíneas tenían un costo adicional según el asiento que uno eligiera, y con la reforma ese cobro ya no existirá, pues se homologa el costo del boleto.
En su turno, María Antonia Cárdenas Mariscal, de Morena sostuvo que la reforma protege a el derecho de los usuarios a estar informados sobre los servicios de las aerolíneas.
Por el PAN, el diputado Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza enfatizó que las reformas regularán con más precisión al sector, a fin de hacer más eficiente la presentación del servicio.
Por su parte, el priista Daniel Torres Cantú resaltó que es una reforma integral que alberga los derechos de los pasajeros, como garantizar el acceso a la personas con alguna discapacidad.(EL INFORMADOR)
México
Muere ballena jorobada tras quedar atrapada en redes de pesca en Guerrero
Ambientalistas denunciaron que fue culpa de pescadores irresponsables

Una ballena jorobada murió varada en la playa de Coyuca de Benítez, en Guerrero, con una cuerda amarrada y parte de una red de pesca en la cola, por lo que ambientalistas denunciaron este miércoles que fue culpa de pescadores irresponsables.
Restauranteros de la zona de la playa indicaron a EFE que el mar expulsó el cuerpo del cetáceo, de cerca de siete metros de largo, la tarde del martes, cuando su cadáver flotó a orillas del mar y después encalló en la arena.
Los vecinos, preocupados por lo ocurrido, revisaron al animal, que suele pesar entre 25 y 30 toneladas, pero ya no pudieron hacer nada y detectaron una red atrapada en la cola y una cuerda que salía de la boca.

Los vecinos y comerciantes pidieron a las autoridades ambientales del Gobierno federal y a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil de Guerrero que intervengan y ayuden a sepultar a la ballena, pues temen que una embarcación la arrastre mar adentro y se descomponga.
Además, integrantes de la asociación civil Los Guerreros Ambientales lamentaron que el mamífero haya muerto el martes, Día de la Madre Tierra y la Naturaleza, por culpa de “la contaminación y la pesca irresponsable”.
Miembros de la organización expusieron a EFE que el hecho es “grave” porque arriesga la salud pública ante la descomposición del cuerpo que puede contaminar la playa.
Además del daño ocasionado al ecosistema, porque el deceso altera la fauna y el equilibrio natural.
Con información de EFE.
México
Exigen justicia por “Tuti”, perrita asesinada, fue golpeada con un palo tras ser atropellada
La Fiscalía General del Estado ha asegurado que investigará el caso de la canina ocurrido en el municipio de Charcas

Desde el pasado 21 de marzo las redes se han volcado a denunciar el asesinato de “Tuti”,una perrita que perdió la vida tras ser atropellada presuntamente de manera deliberada y luego de varios minutos de agonía también fue agredida físicamente con un palo. El acto quedó documentado en el municipio de Charcas perteneciente al estado de San Luis Potosí.
La canina fue llevada a casa por la denunciante y su familia, quienes trataron de salvarle la vida; sin embargo, las lesiones eran tan graves que falleció horas después. Diversos colectivos defensores de animales han exigido la intervención de las autoridades y un castigo para los responsables.
En las imágenes que se han vuelto virales en redes sociales se observa el momento en que “Tuti” se encuentra recostada sobre la banqueta, curando sus heridas cuando en cuestión de segundos aparecen una pareja de personas con un palo, las cuales inician a golpearla.
#Alerta🚨
— Oswaldo Ríos (@OSWALDORIOSM) April 22, 2025
Estos HDP lastimaron con un palo a una perrita atropellada en el municipio de Charcas #SLP.
Los miserables la aventaron con un palo para moverla a la fuerza a un baldío mientras se burlaban.
Ojalá la @FiscaliaSLP haga justicia porque seguro le harían eso a su madre.… pic.twitter.com/SzUlaMwc58
¿Cuánto es el castigo por maltrato animal en SLP?
La titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), María Manuela García Cázares, anunció en las últimas horas que se iniciará una investigación formal tras la difusión de un video en redes sociales que muestra una agresión contra una perrita en el municipio de Charcas.
“Vamos a revisar los videos para abrir, aperturar, la carpeta correspondiente”, declaró ante medios de comunicación
En San Luis Potosí (SLP), el maltrato animal puede acarrear penas de cárcel y multas, aunque hay debate sobre si las sanciones son suficientemente severas. El Código Penal del estado establece penas de prisión que pueden llegar hasta los 5 años, junto con sanciones económicas.
Con información de El Heraldo.
México
Diputados aprueban que regulación de armas quede en manos de Sedena: ¿Cómo serían los permisos?
Los diputados aprobaron por unanimidad una reforma para hacer más estricta la regulación del uso de armas

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles 23 de abril por unanimidad la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuegos y Explosivos, que tiene el objetivo de regular de manera más estricta el uso de armamento por particulares, justificando la defensa personal.
Con 476 votos a favor, se aprobó que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) lleve un control de todos los artefactos a través del Registro Federal de Armas. Además, se enlistaron nuevas normas para control, vigilancia y sanciones de actividades en las que esté relacionada un arma de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas.
Entre los motivos que los diputados consideraron para su aprobación está reducir la capacidad de la delincuencia organizada que en los últimos años han accedido a armas de uso exclusivo del Ejército por el cruce ilegal desde Estados Unidos.
Dan facultad a la Sedena para otorgar permisos
A la par, los diputados dieron la atribución para que la Secretaría de la Defensa otorgue, niegue, suspenda o cancele los permisos de adquisición y las licencias de portación de armasautomáticas calibre 7.62 mm o similares y superiores.
Lo anterior incluye a las diferentes instituciones y organismos de seguridad pública federales y estatales.
Para el caso de la Guardia Nacional se establecieron una serie de requisitos para la adquisición y licencia de portación de armas:
- El titular tendrá que presentar una solicitud de Licencia Oficial Colectiva;
- Un Certificado Único Policial vigente y
- Respetar los lineamientos del apartado B del artículo 29 de esta Ley.
En tanto, los organismos de seguridad pública de los estados tendrán que justificar la necesidad del uso armamento que solicitan, para ello el gobernador de la entidad debe hacer una solicitud formal; entregar una opinión favorable del secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la necesidad para la adquisición y portación de armas.
Asimismo, extender un convenio de colaboración con la Sedena para la capacitación de y adiestramiento de las armas; presentar el Certificado Único Policial vigente del personal operativo al que se asignará el armamento solicitado y respetar los lineamientos del apartado B del artículo 29 de esta Ley.
En tanto, se mantiene que las personas físicas pueda poseer un arma de fuego “autorizadas por la Secretaría de la Defensa Nacional en el domicilio declarado por las personas físicas, para la seguridad y legítima defensa de sus moradores”.
Las armas que pueden poseer los civiles son “pistolas de funcionamiento semi-automático, de calibre no superior al .380″ y su equivalente 9 x 17 mm o 9 mm Short o 9 mm Kurz”.
‘Vuelan’ requisitos para que una persona tenga licencia de portación de arma
Pese a que la reforma es mucho más restrictiva y clara sobre el uso de las armas por parte de personas físicas, en el dictamen aprobado este miércoles se eliminaron todos los requisitos que debe de cumplir una persona para tener una licencia para la portación de una arma de fuego.
Los diputados aprobaron la derogación del numeral I del Artículo 26, de la Ley Federal de Armas de Fuegos que establece, entre otras cosas, que las personas físicas no tengan un impedimento físico o mental para el manejo de armas; no haber sido condenado por delitos cometidos con el empleo de armas; no consumir drogas, enervantes o psicotrópicas, y acreditar ante la Sedena la necesidad de portar armas.
Con información de El Financiero.
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