Política

Aprueban Ley de Profesiones.

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Se regulara el ejercicio profesional en la entidad.

CULIACÁN, Sinaloa.- De manera unánime, las y los Diputados de la 61 Legislatura, aprobó el dictamen sobre el proyecto de la Ley de Profesiones para el Estado de Sinaloa documento que tiene por objeto regular el ejercicio profesional en la entidad, en asuntos de orden común.

La diputada Sandra Lara Díaz destacó que a través de esta nueva Ley de Profesiones se obliga a cualquiera de las profesiones o ramas que puedan representar un riesgo para la vida, salud, libertad, seguridad o el patrimonio de las personas cuenten con título o cedula profesional.

Precisó que se elevará la calidad de los profesionistas en la entidad, se crea el Registro Profesional Estatal el cual ayudará a reconocer a aquellas instituciones sin validez oficial que ofertan servicios educativos, además de contar con los instrumentos jurídicos para la defensa de los derechos de los profesionistas.

Por lo que hace a los Colegios de Profesionistas, menciona que mantendrán su registro y reconocimiento oficial contando con plazo de ciento veinte días para que adecuen su normatividad interna en términos de la presente ley y cumplan con los requisitos previstos en la misma. Asimismo, los títulos de Profesionistas vigentes se integrarán al Registro Profesional Estatal.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Jesús Enrique Hernández Chávez, reiteró que esta ley es el resultado del trabajo en conjunto que se hizo con los diversos sectores para lograr el consenso en su elaboración, ya que la anterior data de 1955.

El documento explica que esta ley y su reglamento corresponden al Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Educación Pública y demás autoridades competentes.

Esta normatividad establece los requisitos para ejercer las profesiones que requieren título y cédula profesional; regula a las autoridades competentes en materia de profesiones y a los organismos auxiliares que intervienen en el cumplimiento de la ley; crear el Padrón de Profesionistas Certificados y con Refrendos del Estado; normar la intervención de los colegios de profesionales en las actividades listadas en la presente ley.

 

Esta nueva Ley consta 8 Títulos, 22 Capítulos, 3 secciones 139 Artículos de Contenido y 6 Artículos Transitorios.

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