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Opinión

“Sí, otra columna sobre el matrimonio igualitario”

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Esta es la primera participación que tengo en un espacio donde expondré periódicamente mi opinión y reflexiones sobre temas que me parezcan interesantes y de relevancia contemporánea. Por única ocasión preciso al paciente lector que lo escrito en las siguientes líneas, así como en las sedes subsecuentes, son de mi exclusiva responsabilidad.

El momento resulta idóneo para dar inicio a esta nueva empresa. Sigue latente la polémica marcha simultánea convocada por el Frente Nacional por la Familia, cuyas secuelas persisten en medios de comunicación y redes sociales. Así, no puedo hacer otra cosa sino abordar el matrimonio igualitario y la adopción homoparental.

Decidí tratar de responder, o rebatir, algunos de los argumentos que he leído y escuchado en contra de las figuras jurídicas ya referidas. De tal suerte que a cada expresión que se resiste, daré mi razonamiento. Por cuestiones de espacio es imposible atender exhaustivamente todas las manifestaciones de los partidarios y promotores del FNxF. 

Señaladas arbitrariamente las reglas, comenzamos:

• El matrimonio igualitario no es natural: tampoco lo es el matrimonio heterosexual. El matrimonio es una construcción social y jurídica, no biológica. Las reglas que rigen la sociedad y el derecho son cambiantes. ¿Acaso es natural trasladarse en coche o estudiar alguna carrera profesional?

• El matrimonio y la familia es una tradición que debe protegerse como base y núcleo de la sociedad: la esclavitud también fue, en su momento, una tradición. Los “Padres Fundadores” de la nación norteamericana y del constitucionalismo moderno –sí, ese constitucionalismo del que también forma o trata de formar parte México, tiene en su pilar fundamental a los derechos humanos-, eran esclavistas. De tanta raigambre fue esa costumbre de reducir al hombre afroamericano a una mercancía y fuerza bruta de trabajo, que originó la cruenta Guerra de Secesión entre los unionistas del norte que pretendían abolir la esclavitud, y los confederados sureños aferrados en conservar esa “tradición”.

• El interés supremo del menor se expresa en tener un padre y una madre: entonces, ¿qué hacemos con los niños que viven solo con su padre o su madre?, ¿y con los que viven con su abuelo o su hermana mayor? Que el Estado retire las custodias de manera inmediata. Este argumento así se traduce.

• El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que el matrimonio igualitario no es un derecho humano: este aserto es bastante cuestionable, por decirlo de manera sutil. El TEDH, en el caso Chapin y Charpentier vs. Francia, no resolvió en el sentido como lo han pretendido hacer ver ciertos sectores. El punto fino radica en que el Tribunal de Estrasburgo reconoce que no puede imponer a los Estados la obligación de admitir el matrimonio igualitario, a la vez advierte que ya son once los países miembros del Consejo Europeo que aceptan y protegen esta institución jurídica. Acaso resulta sencillo para intereses propios adoptar ciertos pronunciamientos perdiendo de vista el contexto que nos permite entender en su justa dimensión cada caso particular. Cuando fue puesto a consideración el caso Garaudy vs. Francia ante el mismo Tribunal, éste resolvió que era procedente la sanción pecuniaria y privativa de la libertad en contra del señor Garaudy ordenada por el Estado francés, a causa de difundir textos en los que cuestionaba la veracidad del tristemente célebre Holocausto. Bajo esa línea discursiva, ¿también deseamos que la libertad de expresión sea cercenada en México? Reitero, es una resolución del tan recientemente citado Tribunal de Estrasburgo.

• Respeten nuestro derecho manifestar que estamos en contra del matrimonio igualitario y la adopción homoparental: por supuesto que se respeta su libertad de expresión. Tan es así que hace unos días marcharon en algunas ciudades del país exigiendo la reivindicación de la “familia tradicional”. Lo preocupante no es que se manifiesten. Mejor dicho, lo aterrador es que lo que manifiestan, es decir, el contenido de su clamor. Más aun cuando el máximo Tribunal en México ha señalado claramente que es inconstitucional pretender limitar un derecho en razón de la orientación sexual de los individuos. Siguiendo esta lógica, todo funcionario que participe o haga público sin recato su rechazo al matrimonio igualitario –como ya lo han hecho-, está contraviniendo sin el menor recato la Constitución General, su artículo inicial para ser exactos.

Más vale que los detractores, particulares o representantes sociales, comiencen a asimilar y aceptar esta realidad, los derechos no están sujetos a consulta, y si hablamos de derechos humanos, entiendan que la progresividad los ampara y vigoriza. Citando a Zagrebeslky en uno de sus textos más representativos, “el único contenido…que una Constitución pluralista debería defender rigurosa y decididamente contra las agresiones de sus enemigos es el de la pluralidad de valores y principios.”

Post scriptum. Agradezco a Pamela Quihuis la invitación a participar en esta sede, y a Carlos López este espacio en Blanco y Negro que aloja mi opinión. 

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